
Subvención Digitalización Cultura
Entidades sin Ánimo de Lucro
Convocatoria 2023
¿QUÉ CONSEGUIMOS CON ESTA SUBVENCIÓN?

«Las ayudas para la acción y la promoción cultural tienen por objeto la modernización y profesionalización del sector cultural y creativo a través de actividades.»
Dirigida a Asocianes y Fundaciones sin Ánimo de lucro.

Nuestra empresa se encarga de todo:
- Presentación de la documentación, seguimiento del expediente y justificación posterior.
- Generamos todos los documentos relacionados con el proyecto para presentar en el expediente.
- Realizamos todo el proyecto, memoria y todos los trabajos que en la propuesta se indican a continuación.
- Dirigimos el Proyecto de Digitalización.
- Contamos con proveedores que podrán realizar todos los trabajos que conlleva la subvención.
- Trabajamos en la justificación de la subvención.
ases de la convocatoria:
- Cuantía de la Subvención: El porcentaje de la subvención podrá alcanzar hasta el 80%. El gasto máximo es de 93.750€, por lo que el máximo a solicitar es de 75.000€ (excluido IVA).
- Proyectos de inversión:
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- Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos, productos y servicios culturales.
- Incrementar la profesionalización de las industrias culturales y creativas y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, así como mejorar la igualdad de género en las Industrias Creativas y Culturales.
- Fomentar la internacionalización de la cultura española y su inclusión en redes europeas de oferta cultural, potenciando a España como destino turístico cultural.
- Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales, fomentar el mecenazgo cultural, la integración, la vertebración, las asociaciones sectoriales y las redes dentro del sector cultural.
- Favorecer los vínculos y la cooperación y comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas; o contribuir al equilibrio territorial de la oferta cultural en España, especialmente a través de proyectos en el medio rural.
- Favorecer la diversidad cultural, así como impulsar la proyección social de la cultura y la sostenibilidad medioambiental, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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- Fecha máxima de ejecución Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024. Por tanto, los gastos deberán realizarse dentro de este periodo.
- Forma de pago:
- Mediante un pago único anticipado al iniocio de la actividad por importe de hasta el 100% de la subvención.
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Formalización y presentación de solicitudes.
1. Se deberá presentar una solicitud por cada empresa en el caso de la línea 3 de ayuda o por cada beneficiario miembro de la agrupación por cada actuación en el caso de las líneas 1 y 2, conformada por los siguientes elementos:
a) Formulario de solicitud de ayuda cumplimentado y firmado electrónicamente por el representante o apoderado único de la agrupación en el caso de las líneas 1 y 2, o por el representante o apoderado de la empresa en el caso de la línea 3, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
b) Memoria de la actuación con el contenido y estructura que figura en el anexo I de esta orden.
c) Acreditación válida del poder de representación del firmante de la solicitud.
d) Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social sólo en el caso en el que el participante no autorice que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos, conforme a lo establecido en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Estado de ingresos y gastos de los dos últimos ejercicios cerrados de cada uno de los participantes.
f) Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (“OLAF”), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
g) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, conforme al modelo establecido en el anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
h) En el caso de las actuaciones realizadas en régimen de agrupaciones previstas en el artículo 67 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, descritas en el artículo 6 (Líneas 1 y 2) se deberá aportar, además, los documentos previstos en el citado artículo, en especial el acuerdo.
i) Las siguientes declaraciones responsables, firmadas por su representante legal:
1.º Declaración de ayudas públicas recibidas o solicitadas para la ejecución de la actuación objeto de la solicitud durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores. Además, deberá actualizar esta declaración si en cualquier momento ulterior de la instrucción se produce una modificación de lo inicialmente declarado. En caso de las convocatorias de 2022 y 2023 se deberán rellenar en el formato facilitado en el anexo III de esta orden.
2.º Declaración de no tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
3.º Declaración de estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos, anticipos o ayudas concedidas anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
4.º Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 o 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/5006, de 21 de julio.
5.º Declaración de que entre los gastos para los que se solicita financiación no existen operaciones con personas o entidades vinculadas al solicitante.
6.º Declaración responsable de ser conocedor de que la financiación, en forma de subvención, a la que se accede, procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea y que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y de las demás normas de la Unión sobre la materia y por las normas estatales de desarrollo o trasposición de estas.
7.º Declaración responsable de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088 según el modelo establecido en el anexo II de la presente orden de bases.
8.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
9.º Otras declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por las autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea dando cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, las cuales serán determinadas en la convocatoria o, en su defecto, a las que se haya dado la debida publicidad normativa con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
10.º Todas las declaraciones responsables se podrán adjuntar en un solo fichero en un documento consolidado y firmado de manera conjunta, para facilitar su subida a la plataforma de tramitación.